Una vez identificados los riesgos se procede a indicar y señalar las medidas que se va a tomar para prevenirlos.
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Existen directrices europeas que pueden servir de referencia para iniciar o completar un programa de prevención sobre riesgos laborales psicosociales basados en la implantación de estrategias de buenas prácticas.
Como indicábamos al definir e introducir los factores de riesgos psicosociales incluíamos las diferencias individuales, por lo que en estos casos hay que tener en cuenta tanto el ambiente y organización empresarial como las características personales de los trabajadores, porque en función del origen se requerirán unas medidas u otras.
Respecto a las buenas prácticas que se señalan desde Europa y que dependen de la organización, podemos incluir:
Establecimiento de bases positivas de comunicación entre dirección y trabajadores y entre trabajadores, en definitiva, promoción de una comunicación adecuada.
Clarificación de roles para evitar conflicto y ambigüedad de rol.
Participación de los miembros de la organización en las diferentes fases del proceso de intervención.
Fomento del apoyo social por parte de compañeros y supervisores.
Promocionar la formación: tanto de los cargos directivos en estilos de liderazgo y manejo de conflictos como de los docentes y resto de personal para asimilar cuestiones como:
Promover siempre que sea posible:
Otro de los aspectos a trabajar son los propios de cada individuo de todos los trabajadores: dirección, profesorado, resto de personal. Cada uno posee unas características personales que influyen de manera determinante en el desarrollo de problemas psicosociales, por ejemplo: el tipo de personalidad, la introversión, la timidez, la asertividad. La tolerancia a la ansiedad, los intereses en cuanto a la autonomía o dependencia, la experiencia profesional. También hay que promover hábitos saludables entre el grupo, ya que la mala condición física y los malos hábitos de salud: pueden disminuir de alguna manera el enfrentarse a los problemas de trabajo.
Existen otros aspectos que se consideran como posibles estresores y que dependen de cada individuo como son:
Las técnicas psicológicas que ayudan a resolver y prevenir trastornos de la salud tanto psicológicos como, por consecuencia, físicos:
El propio Instituto de Seguridad e Higiene en el trabajo define la vigilancia de la salud como la recogida sistemática y continua de datos acerca de un problema específico de salud; su análisis, interpretación y utilización en la planificación, implementación y evaluación de programas de salud.
El término “vigilancia de la salud” engloba una serie de técnicas con objetivos y metodologías distintas. Existen dos tipos de objetivos: los individuales y los colectivos. Los primeros están relacionados con el sujeto que sufre el reconocimiento médico y los segundos con el grupo de trabajadores.
Los objetivos individuales de la vigilancia de la salud son:
La valoración colectiva de los resultados permite valorar el estado de salud de la empresa, de modo que sirve de base para establecer las prioridades de actuación en materia de prevención de riesgos en la empresa.
En definitiva la vigilancia de la salud nos ayuda a:
Cuestiones importantes a tener en cuenta:
1. Los reconocimientos médicos y el conjunto de la vigilancia de la salud debe ser realizada por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada es decir por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o diplomados en Medicina de Empresa y enfermeros de empresa.
Para la realización de estas pruebas se pueden contratar a través de una empresa de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales e implica un coste trabajador/año.
2. Le corresponde a la Dirección del Centro garantizar a sus trabajadores la vigilancia periódica de su salud.
3. La vigilancia de la salud implica una voluntariedad condicionada, ya que es un derecho del trabajador y una obligación del empresario, pero el trabajador puede renunciar a ella, excepto:
4. La vigilancia de la salud implica una total confidencialidad de los datos: solo disponible para el propio trabajador, los servicios médicos responsables de su salud y la autoridad sanitaria. Ningún empresario podrá tener conocimiento del contenido concreto de las pruebas médicas o de su resultado sin el consentimiento expreso y fehaciente del trabajador.
Al empresario y a las otras personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención se les deberán facilitar las conclusiones de dicho reconocimiento en los términos de:
5. El coste económico de cualquier medida relativa a la seguridad y salud en el trabajo, y por tanto el derivado de la vigilancia de la salud, no deberá recaer sobre el trabajador (art. 14.5 de la LPRL) sino sobre el empresario. Para el trabajador es un derecho y por tanto gratuito.
Según el artículo 23 de la LPRL, el empresario debe elaborar y conservar la documentación generada por la práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores así como las conclusiones obtenidas de la misma.